ACCESO Y ADMISIÓN

17 noviembre 2021

¿Quién puede cursar estudios de doctorado?

Para acceder al Programa de Doctorado será necesario cumplir las siguientes condiciones (Art. 6, RD. 99/2011): 

  • Con carácter general, será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
  • Asimismo, podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
    • Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el art. 16 del RD 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
    • Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el art. 7.2 de esta norma, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
    • Los/Las titulados/as universitarios/as que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos 2 años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
    • Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el/la interesado/a ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
    • Estar en posesión de otro título español de Doctor/a obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
    • Estar en posesión de un título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al nivel 3 del MECES.

¿Qué  criterios  debo cumplir para obtener la  admisión en un  programa de doctorado?

Cada programa de doctorado establecerá sus propios requisitos y criterios de admisión, que estarán descritos en la memoria de verificación correspondiente.

Corresponderá  a la Comisión Académica del programa de doctorado decidir sobre la admisión de los estudiantes que podrá contemplar como requisitos necesarios:

  • La realización de complementos formativos de carácter transversal en algunas disciplinas
  • La superación de una prueba de nivel
  • La superación de una entrevista personal.

¿ Qué son los complementos formativos?

En todos los programas de doctorado se requerirá una formación de 6 créditos ECTS  de formación interdisciplinar , conteniendo los siguientes descriptores:

  • Características fundamentales del proceso de producción y difusión científica.
  • Sistemas de recuperación de la información.
  • Evaluación de los trabajos de investigación.
  • La medición de la calidad de la actividad científica.
  • Ética en la actividad investigadora.
  • Financiación de la investigación.
  • Preparación de proyectos de investigación.
  • Carrera profesional investigadora.

Esta formación se ofertará cada curso académico.

¿Qué sucede si se  acredita la realización de complementos formativos?

Si se justifica la realización y superación de estas actividades de formación en cualquier Máster Universitario oficial, con orientación investigadora, estará exento de realizar los complementos formativos.