ACCESO Y ADMISIÓN
17 noviembre 2021
¿Quién puede cursar estudios de doctorado?
Para acceder al Programa de Doctorado será necesario cumplir las siguientes condiciones (Art. 6, RD. 99/2011):
- Con carácter general, será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
- Asimismo, podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
- Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el art. 16 del RD 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
- Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el art. 7.2 de esta norma, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
- Los/Las titulados/as universitarios/as que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos 2 años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
- Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el/la interesado/a ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
- Estar en posesión de otro título español de Doctor/a obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
- Estar en posesión de un título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al nivel 3 del MECES.
¿Qué criterios debo cumplir para obtener la admisión en un programa de doctorado?
Cada programa de doctorado establecerá sus propios requisitos y criterios de admisión, que estarán descritos en la memoria de verificación correspondiente.
Corresponderá a la Comisión Académica del programa de doctorado decidir sobre la admisión de los estudiantes que podrá contemplar como requisitos necesarios:
- La realización de complementos formativos de carácter transversal en algunas disciplinas
- La superación de una prueba de nivel
- La superación de una entrevista personal.
¿ Qué son los complementos formativos?
En todos los programas de doctorado se requerirá una formación de 6 créditos ECTS de formación interdisciplinar , conteniendo los siguientes descriptores:
- Características fundamentales del proceso de producción y difusión científica.
- Sistemas de recuperación de la información.
- Evaluación de los trabajos de investigación.
- La medición de la calidad de la actividad científica.
- Ética en la actividad investigadora.
- Financiación de la investigación.
- Preparación de proyectos de investigación.
- Carrera profesional investigadora.
Esta formación se ofertará cada curso académico.
¿Qué sucede si se acredita la realización de complementos formativos?
Si se justifica la realización y superación de estas actividades de formación en cualquier Máster Universitario oficial, con orientación investigadora, estará exento de realizar los complementos formativos.