ACCESO MÁSTER UNIVERSITARIO EN PSICOLOGÍA GENERAL SANITARIA CON ESTUDIOS UNIVERSITARIO EXTRANJEROS

12 marzo 2024

Procedimiento para solicitar el acceso al Máster Universitario en Psicología General Sanitaria con estudios universitarios extranjeros

La Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Universidades, por el que se establecen recomendaciones para la acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Orden CNU/1309/2018, de 5 de diciembre, para el acceso al Máster en Psicología General Sanitaria en los títulos universitarios oficiales extranjeros de Psicología, establece en su artículo Primero:

  1. “Según lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, la admisión del estudiantado forma parte de la autonomía universitaria.
  1. Tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema Universitario la disposición adicional séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, párrafo a) de su apartado: “El título de Grado en Psicología, que no habilitará, por sí mismo, para el ejercicio de la psicología en el sector sanitario, constituirá un requisito necesario para el acceso al Máster de Psicología General Sanitaria, así como cualquier otro título universitario oficial extranjero de Psicología que cumpla con los requisitos establecidos en la Orden CNU/1309/2018, de 5 de diciembre, por la que se regulan las condiciones generales a las que se ajustarán los planes de estudio del Grado en Psicología, en particular en lo que se refiere a las materias obligatorias vinculadas a la Psicología de la Salud”.

Asimismo, su artículo Segundo dispone:

  1. “La aplicación del precepto anterior al caso de títulos universitarios oficiales extranjeros viene a establecer la vía a partir de la cual las personas tituladas en Psicología en sistemas educativos extranjeros pueden acceder al Máster en Psicología General Sanitaria. Estos estudiantes necesitan acreditar que su formación cumple con los requisitos establecidos en la Orden CNU/1309/2018, de 5 de diciembre, lo que en particular incluye al menos, 90 créditos ECTS de materias obligatorias vinculadas a la Psicología de la Salud.
  2. Los procedimientos para la acreditación, por parte de las universidades, del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Orden CNU/1309/2018, de 5 de diciembre, conforme a la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, podrán guiarse por las recomendaciones recogidas en apartado cuarto del presente Acuerdo.
  3. En el resto de los aspectos no consignados en el apartado cuarto se entenderá que son de aplicación los criterios establecidos por las propias universidades”.

De conformidad con la Resolución de 16 de noviembre de 2023, se establece el siguiente procedimiento para que las personas interesadas puedan solicitar la acreditación de los requisitos recogidos en la Orden CNU/1309/2018.

A) Inicio del Procedimiento:

Lugares de presentación de solicitudes:

  1. En el registro electrónico de la Sede electrónica de la UMH, si se dispone de un certificado electrónico o de una cuenta de usuario UMH, se puede presentar la solicitud a través del registro electrónico de la Sede Electrónica de la Universidad Miguel Hernández de Elche, utilizando el procedimiento Instancia General, dirigido a: U05500048 SERVICIO DE GESTIÓN DE ESTUDIOS. Se puede acudir a las oficinas de asistencia en materia de registro de la UMH para obtener un certificado digital.
  2. En las oficinas de asistencia en materia de registros de la UMH o de otras administraciones públicas. Consulta el buscador de oficinas del Punto de Acceso General de la Administración General del Estado. La ubicación y horarios de las oficinas de asistencia en materia de registro de la UMH pueden consultarse en la página web de la Sede electrónica de la UMH.

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  1. Documento que acredite la identidad y nacionalidad de la persona solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia: Pasaporte, NIE o DNI.
  2. Título cuya acreditación se solicita, o de la certificación acreditativa de su expedición.
  3. Certificación académica de los estudios realizados por la persona solicitante para la obtención del título, en la que consten, entre otros extremos, la duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas, la carga horaria de cada una de ellas y, en su caso, los correspondientes créditos ECTS obtenidos (European Credit Transfer and Accumulation System).
  4. Acreditación del pago de la tasa de correspondiente (155,22 euros). Enlace al recibo
  5. Formulario para el análisis del expediente con relación a los requisitos de la Orden CNU/1309/2018, de 5 de diciembre, cumplimentado por la persona interesada.
  6. Declaración responsable en que la persona interesada manifieste la veracidad de los datos que aporta, así como de estar en posesión de la documentación original requerida en el procedimiento solicitado. Dicha documentación podrá ser requerida por el órgano competente en cualquier momento del procedimiento, así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los requisitos y la valoración de la solicitud.
  7. Los programas o guías docentes de las materias y/o asignaturas consignadas en el formulario para solicitud de análisis de expediente

El título y la certificación académica deberán presentarse legalizados por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de La Haya. Este requisito no se exigirá a los documentos expedidos por las autoridades de los Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y Suiza. Deberán ir acompañados, en su caso, de la correspondiente traducción oficial al castellano. La traducción oficial debe realizarse una vez se ha concluido el trámite de legalización del mismo y, por tanto, esta traducción debe incluir el procedimiento de legalización de firmas. En cualquier caso, la presentación de la traducción oficial no exime de presentar el documento original.

B) Plazos para la solicitud de la acreditación: Del 1 de marzo al 15 de abril de 2024.

C) Tramitación de las solicitudes: El procedimiento se adaptará a lo establecido en la Resolución del 16 de noviembre de 2023 de la Secretaría General de Universidades.

D) Resolución: Instruido el procedimiento, la Universidad Miguel Hernández de Elche (UMH) emitirá una resolución de acuerdo con la propuesta formulada por la Comisión de Acreditación de los Estudios de Psicología (CAEP), dependiente de la Conferencia de Decanas y Decanos de Psicología de las Universidades Españolas.

La resolución podrá ser:

  • Favorable
  • Favorable condicionada.
  • Desfavorable

La resolución favorable permitirá participar en los procesos de admisión propios del Máster Universitario en Psicología General Sanitaria en cualquiera de las universidades del sistema universitario español.

La resolución favorable condicionada, si el título en evaluación tiene al menos un 50% de los créditos necesarios establecidos en el artículo 1 de la Orden CNU/1309/2018, de 5 de diciembre, para cada módulo o materia, permitirá solicitar la realización de los créditos que queden por cursar en cualquiera de las universidades del sistema universitario español que imparta los estudios oficiales del Grado en Psicología.

Las personas que obtengan una resolución favorable, podrán participar en el procedimiento de preinscripción de la UMH, presentando una solicitud de preinscripción de acuerdo con el procedimiento establecido por la UMH.