ADMISIÓN CONDICIONADA A MÁSTER UNIVERSITARIO
12 febrero 2025
En este vídeo puedes consultar información acerca de la admisión condicionada para estudios de máster universitario:
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre permite el acceso a los estudios de másteres universitarios, al estudiantado que no haya finalizado sus estudios de grado. Se relaciona a continuación la información relativa a esta admisión condicionada:
- Puede optar el estudiantado de Grado de una universidad española o perteneciente al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) que tenga pendientes de superar el Trabajo fin de grado (TFG) y como máximo hasta 9 créditos ECTS.
- El estudiantado que disponga de título universitario, tendrá prioridad en la matrícula.
- No podrá obtener el título de Máster si previamente no ha obtenido el título de Grado.
- No podrá optar a la admisión condicionada el estudiantado ajeno al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
No se permitirá la admisión condicionada en el Máster Universitario en Abogacía y Procura. Finalizado el periodo de subsanación el estudiantado que haya solicitado la admisión al citado máster y no haya finalizado el Grado en derecho, quedará excluido.
Consideraciones a tener en cuenta:
No debes aportar el título, ni el certificado académico personal, con aportar un extracto de tu expediente es suficiente. Pero una vez que finalices y para que se tenga en cuenta tu acceso como estudiante titulado, deberás aportar el resguardo de depósito de título junto con el justificante de pago de la tasa de expedición del mismo y el certificado académico personal.
El estudiantado UMH deberá aportar el extracto de expediente en el que venga reflejada la fecha en la que ha pagado la expedición del título de grado.