Másteres
14 julio 2020
El reconocimiento y transferencia de créditos de otros planes de estudios es el mecanismo que se establece en el marco del EEES para fomentar la movilidad de los estudiantes en el ámbito universitario.
La legislación establece dos mecanismos:
Reconocimiento: Es la aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial.
Transferencia: Es la inclusión en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención del título oficial.
En todo caso no podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a los trabajos de fin de máster. Asimismo, no se reconocerán créditos de la titulación universitaria oficial que dé acceso al Máster.
Para regular su aplicación, la UMH cuenta con una Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos que puedes consultar aquí.
De acuerdo al Calendario Académico, del 7 al 17 de enero de 2020, sólo podrán ampliar su matrícula, no reducir, los estudiantes que hayan convalidado asignaturas, reconocido créditos o estar en disposición de matricularse del Trabajo Fin de Grado o Trabajo Fin de Máster.
Aquellos estudiantes beneficiarios de beca MEC o Consellería, deben tener en cuenta que los créditos reconocidos o adaptados, no se consideran créditos cursados a efectos de la beca. Y por lo tanto su matrícula no está cubierta por la misma.
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